Preguntas Frecuentes

La norma EN388:2016 especifica requisitos, métodos de ensayo, marcado y la información suministrada para los guantes de protección contra los riesgos mecánicos de abrasión, corte por cuchilla, rasgado, pinchazo y, cuando sea aplicable, de impactos.
El ensayo para la resistencia a la abrasión y el ensayo del golpe de corte han sido revisados y ahora hay un segundo ensayo de corte por cuchilla y un ensayo opcional de resistencia al impacto. La resistencia al corte pasa a ser alfabética, y corresponde a unos valores en Newton. Además será obligatorio realizar este ensayo cuando se produzca un embotamiento de las cuchillas que se usan para el ensayo de corte.
Ensayo de abrasión

El ensayo de abrasión está diseñado para proporcionar una indicación de la duración de los guantes. Los niveles de prestaciones son los mismos que antes, pero el papel de lija utilizado para realizar el ensayo se ha cambiado de grano 100 a un material más fino de grano 180. Esto puede afectar a alguno de los resultados.
Ensayo de corte

El método para ensayar la resistencia al corte de los guantes ha sido tradicionalmente realizado usando una cuchilla circular que se movía adelante y atrás por la superficie de los guantes. Este ensayo es denominado comúnmente Ensayo de Golpe.

Los materiales resistentes a cortes más nuevos, como las fibras reforzadas con acero y fibra de vidrio, pueden desafilar la cuchilla circular, de forma que, al avanzar el ensayo, la cuchilla se hace menos efectiva para cortar. Como no hay presión añadida aplicada, la cuchilla a menudo no puede cortar atravesando el material. El resultado es que los guantes obtenían el mayor nivel posible para el
corte a pesar de haber un fallo importante en el ensayo.
La EN388:2016 incorpora una revisión al ensayo de Golpe e incluye un ensayo de Cuchilla Recta (ISO 13997).

El reducir la distancia de movimiento hace que la cuchilla sea más efectiva y normalmente el nivel de prestación al corte se reduce, por ejemplo, de nivel 5 degradado a nivel 4, a pesar de no haberse cambiado el material del guante. Esta revisión hace que sea muy difícil para un guante el alcanzar un nivel 5 sin que los 2 puntos siguientes entren en juego.
Un fabricante puede elegir el no referenciar el Ensayo de Golpe, si está referenciando el ensayo de corte por Cuchilla Recta. Si es así marcará aquel con una X.
Ensayo de Cuchilla Recta (ISO 13997)

El ensayo de Cuchilla Recta puede ser usado en vez del ensayo de Golpe.
Además, debería ser usado si el ensayo de Golpe alcanza los 60 ciclos o si el factor es superior a 3.
El ensayo es realizado en una máquina TDM 100

    Los ensayos se realizan usando una cuchilla nueva cada vez
    Aumentando los niveles de la fuerza aplicada, de 2 Newton hasta 30 Newton
    Se aplica una escala de letras, A – F, siendo F el nivel mayor
    La letra de referencia es aplicada en vez de, o junto a, el número de referencia de corte.

La revisión del Ensayo de Golpe puede llevar a reducir los niveles de prestaciones
La inclusión del nuevo ensayo de Cuchilla Recta está diseñada para ser más representativo cuando se refiere a elevada protección contra cortes
El sistema de escala 1-5 no es comparable con el nuevo sistema de escala A-F
Ensayo del impacto

Los guantes que proporcionan protección contra impactos se han ido haciendo cada vez más populares durante los últimos años y por esto fue necesario incluir un elemento de resistencia a impactos en la norma EN388.

    Impactos aplicados sobra las zonas de palma, dorso o nudillos de la mano
    Utiliza el ensayo de impactos existente de la norma para motociclistas EN13594:2015
    Se deja caer un peso de 2,5 kg para ejercer una energía de impacto de 5 julios
    Se obtiene el “Pasa” si los guantes alcanzan el nivel 1
    Se añade una P al marcado de certificación de los guantes si pasa. Si no, no se pone nada

SAFETOP  vende material a profesionales. Por esta razón SAFETOP  atenderá solo las reclamaciones de los clientes titulares según factura (profesionales). Teniendo en cuenta que SAFETOP solo vende a profesionales (no al cliente final o consumidor) la garantía debe regirse según relación comercial entre profesionales.
Seguidamente adjuntamos decretos que sirve para la aplicación de garantías tipo 1 VENTA A CONSUMIDORES FINALES y tipo 2 VENTAS A COMERCIANTES NO CONSUMIDORES FINALES

Venta a consumidores finales

La Ley de Garantías en la Venta de Bienes de Consumo entró en vigor el 11 de septiembre de 2003 y tiene por objeto establecer un conjunto de medidas tendentes a garantizar la protección de los consumidores, la conformidad de los bienes con el contrato de compraventa y articular la garantía comercial que, adicionalmente, pueda ofrecerse al consumidor.
La Ley 23/2003, de 10 de julio, de Garantías en la Venta de Bienes de Consumo, incorpora al Derecho español la Directiva 199/44/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de mayo de 1999, sobre determinados aspectos de la venta y garantías de los bienes de consumo.
DEFINICIONES: Según la nueva Ley, vendedor es toda persona física o jurídica que, en el marco de su actividad profesional, vende bienes de consumo. Por otra parte, los consumidores son las personas físicas o jurídicas que adquieren, utilizan o disfrutan como destinatarios finales dichos bienes (Ley 26/1984 de Defensa de los Consumidores y Usuarios), quedando excluidos los que adquieran, almacenen, utilicen o consuman bienes con el fin de integrarlos en procesos de producción, transformación, comercialización o prestación a terceros.

Responsabilidades y plazo

El vendedor responderá ante el consumidor de cualquier falta de conformidad que exista en el momento de entrega del bien. Dicha responsabilidad se extiende a un plazo de dos años. Si el bien adquirido no se ajuste a lo previamente establecido, el consumidor puede optar entre: 1 Reparación o sustitución del bien, 2 Rebaja del precio, 3 Disolución del contrato. En cualquier caso el consumidor deberá notificarlo en un plazo máximo de dos meses desde que tiene conocimiento de la falta de conformidad 

El vendedor será quien responda en todo caso de la falta de conformidad del producto no obstante, el consumidor podrá dirigirse contra el fabricante o importador(reconocido) siempre y cuando dirigirse contra el vendedor le fuera imposible o le supusiera una carga excesiva. En todo caso, el fabricante o vendedor podrá repetir contra el responsable de la falta de confirmad en el plazo de 1 año a contar desde el momento que se hubiera saneado el defecto.

Venta a comerciantes (no consumidores finales)


RÉGIMEN DE GARANTÍA

“El vendedor estará obligado al saneamiento por los defectos ocultos que tuviere la cosa vendida, si la hacen impropia para el uso a que se la destina, o si disminuyen de tal modo este uso que, de haberlos conocido el comprador, no la habría adquirido o habría dado menos precio por ella; pero no será responsable de los defectos manifiestos o que estuvieren a la vista, ni tampoco de los que no lo estén, si el comprador es un perito o profesional que, por razón de su oficio, debía fácilmente conocerlos” Artículos 1484 del Código Civil.

Las acciones que emanan de lo dispuesto en el artículo precedente se extinguirán a los seis meses, contados desde la entrega de la cosa vendida. (Articulo 1490 del Código Civil).
Como consecuencia de la obligación de sanear por vicios ocultos, el comprador podrá optar entre resolver el contrato (la llamada “acción redhibitoria”) con restitución por los gastos que pagó, o rebajar una cantidad proporcional del precio, a juicio de peritos (“acción estimatoria o quanti minoris”).
De esta forma regula el Código Civil un régimen general de garantía, que ha venido ampliado y detallado por la referida Ley 23/2003 a favor de los consumidores.
No obstante, en el caso de ventas entre empresarios o comerciantes, es decir compraventas mercantiles, no será de aplicación el régimen establecido por la Ley 23/2003
Así pues, entenderemos que estamos ante una compraventa mercantil en el caso de ventas que no vayan dirigidas al consumidor final del producto o servicio, sino que se destinen a comerciantes que revendan o incorporen el bien o servicio a un proceso de producción o trabajo.
Artículo 338. Los gastos de la entrega de los géneros en las ventas mercantiles serán a cargo del vendedor hasta ponerlos, pesados o medidos, a disposición del comprador, a no mediar pacto expreso en contrario. (Puesto a disposición – entrega a empresa de transporte). Los de su recibo y extracción fuera del lugar de la entrega, serán de cuenta del comprador.

RESUMEN: En consecuencia de lo anterior y reiterando lo expuesto en la primera de las conclusiones el consumidor final debe reclamar al que ha efectuado la venta y este al importador o distribuidor. Pero estos últimos en este caso SAFETOP únicamente responderá de los defectos de fabricación y de identidad o de idoneidad y si no es el caso, eludirá su responsabilidad, sin perjuicio de que el perjudicado pueda ulteriormente reclamar a otros agentes que hayan sido los causantes de la falta de conformidad del objeto de la compraventa.
Indicar que la forma en que opera la carga de la prueba en estos casos, significa en la practica, salvo prueba pericial en contrario, que la garantía real para responder de la conformidad del recambio es de 6 meses, pues es dificilísimo que se pueda acreditar que una vez transcurrido ese plazo, dándole un uso adecuado, la avería o defecto que sobrevenga sea causa de un deficiente fabricación.

A pesar de todo ello, SAFETOP  al trabajar con multitud de fabricantes y marcas, puede darse el caso de productos cuya la garantía es superior a los 6 meses, por lo que es recomendable contactar con el departamento de garantías.
Por otro lado, en el caso de SAFETOP se tratarán las garantías en función del producto, ya que disponemos de un departamento de servicio y acuerdos con algunos fabricantes para ofrecer el servicio.

MUY IMPORTANTE: SAFETOP solo ofrecerá información, atención, etc. sobre productos vendidos y facturados por la empresa, pudiendo rechazar peticiones de clientes que no han adquirido el producto a nuestra empresa, salvo que SAFETOP trabaje ese producto con un contrato específico con el fabricante que obligue a este a proporcionar el servicio. SAFETOP, fabrica, importa, representa, comercializa y revende distintas marcas. Por lo que la inclusión en el catálogo para profesionales o catálogo web de unos productos de una marca determinada no indica la obligación de SAFETOP de ofrecer asistencia, soporte técnico o garantía si los productos no han sido facturados por la empresa.

EXCEPCIONES: A pesar de todo lo indicado anteriormente, cada fabricante ofrece distintas soluciones pudiendo ampliar el periodo de 6 meses de garantía en algunos casos e SAFETOP  puede en algún caso ofrecer soporte a productos no comercializados por la empresa, siguiendo los estándares de mejora del SERVICIO a la red de clientes de SAFETOP.

Trabajamos con varias agencias de transporte (DHL  GLS, REDUR, ASM, MRW...) para ofrecer un mejor servicio. Una vez realizado el envío, le podremos facilitar, previa petición, el numero de expedición para que pueda contactar directamente con la agencia de transporte y pueda concertar la entrega. En caso de que se intente realizar la entrega del pedido por parte de la agencia de transporte y el destinatario no estuviera en su domicilio, el repartidor le llamará por teléfono o le dejará una nota de aviso, para que pueda concertar con ellos la entrega. Normalmente, en los productos pesados, el repartidor le llamará antes de intentar realizar la entrega, para quedar con el destinatario. La entrega siempre se realizara en el portal, a nivel de la calle de su domicilio o empresa. Los repartidores no están obligados a subir el producto hasta su domicilio si éste no se encuentra a nivel de la calle, aunque la mayoría de veces, y en la medida de lo posible, el repartidor ayuda al destinatario y hace lo necesario para dejar el producto en el domicilio del cliente.
Todos nuestros envíos están asegurados, por lo que si hay cualquier tipo de incidencia (perdida, rotura, etc.…) por culpa del transportista, para realizar la devolución, ésta deberá ir acompañada por la fotocopia de al factura o el albarán correspondiente y obligatoriamente de la fotocopia de resguardo del albarán del transportista debidamente firmado y donde conste por escrito los daños ocasionados a la mercancía.
Todos nuestros productos son entregados en nuestras instalaciones situadas en Oleiros – A Coruña. Corriendo de su cargo el transporte y otros gastos que pudiera haber. Por lo tanto, independientemente del método de transporte, se entenderá que todo el material es entregado en nuestras instalaciones.

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Las presentes Condiciones de Venta se aplican a la venta de productos por parte de Safetop Innovative Protección, S.L, SAFETOP  es un nombre comercial de Safetop Innovative Protección, S.L Además, cada vez que utilice cualquier servicio presente o futuro de SAFETOP estará igualmente sujeto a los términos y condiciones generales y a las condiciones particulares aplicables a dicho servicio.
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